Sólo debe acudir a un Notario de su libre elección y que sea hábil para actuar en el lugar del otorgamiento, que puede ser en cualquier lugar de España, con su Documento Nacional de Identidad en vigor y expresar oralmente o por escrito lo que desea testar. El Notario le asesora si su voluntad cumple lo dispuesto en la legislación sobre reservas de legítimas y otros asuntos, procediendo después a redactar el testamento que firmará en presencia del Notario y en un solo acto sin interrupción.